La
definición de negociación colectiva puede ser interpretada de distintas
maneras. Por su función, ésta suele ser diferente según el nivel en
que tenga lugar: empresa, sector, país o región; no podemos dejar de lado el
grado de reglamentación jurídica del proceso de negociación colectiva, pues también
varía de un país a otro.
Imagen tomada de: http://images.slideplayer.es/10/2716297/slides/slide_2.jpg
La negociación
colectiva establece una manera simple de regular el mercado del trabajo,
concebido a su vez como un acuerdo entre el trabajador
y el empleador acerca del precio que los trabajadores aceptan recibir por su
trabajo.
El Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva
(núm. 98) garantiza la protección que los trabajadores y sus organizaciones
tienen contra aquellos actos de discriminación antisindical y de injerencia, ya
sea por parte de los empleadores o de las autoridades públicas; asimismo
establece las obligaciones de los Estados Miembros sobre el respeto y la
promoción de la libertad sindical y de la negociación colectiva. Mientras que
el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de
sindicación (núm.87), permite asegurar a los trabajadores los derechos
fundamentales como es el derecho a constituir organizaciones de su elección y
afiliarse a las mismas, además de fomentar y amparar sus intereses económicos y
sociales.
Para el
año 1995, en Copenhague, se celebró la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social,
en la cual la Comunidad Internacional reconoció el carácter fundamental y
universal de los derechos sindicales y en los
últimos cincuenta años, estos instrumentos han constituido un mecanismo valioso para
todas las actividades sindicales en el mundo.
Imagen tomada de: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---actrav/documents/publication/wcms_116092.pdf
Es menester resaltar, que la OIT
estableció ciertos órganos de control con el fin de garantizar la aplicación de
la normatividad referente a este tema y cabe mencionar al respecto al Comité de
Libertad Sindical establecido en 1951, que desde su conformación ha examinado
más de 2.000 casos de vulneración de la libertad sindical y la negociación colectiva.
Imagen tomada de: http://image.slidesharecdn.com/negociacioncolectivadialogosocialsectorpublicomunicipal6mayo2015-150509165430-lva1-app6891/95/negociacin-colectiva-sector-pblico-y-municipal-via-del-mar-3-638.jpg?cb=1431190962
No hay comentarios:
Publicar un comentario