miércoles, 12 de octubre de 2016

ARTÍCULO: LA REALIDAD DE LOS PACTOS COLECTIVOS EN COLOMBIA

El pacto colectivo en Colombia es el acuerdo celebrado entre empleadores y trabajadores no sindicalizados que hacen una coalición temporal para suscribirlos. Se rigen en cuanto a negociación, forma, alcance y efectos a las normas que regulan las convenciones colectivas de trabajo.
 Imagen tomada de: http://image.slidesharecdn.com/pactocolectivo-160411025736/95/pacto-colectivo-2-638.jpg?cb=1460343670
En Colombia está permitida la coexistencia de pactos y convenciones colectivas de trabajo siempre y cuando el sindicato o los sindicatos tengan más de la tercera parte de los trabajadores de la empresa afiliados a ellos. La Jurisprudencia de la Corte Constitucional ha respaldado tal precepto legal, a pesar de que los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo –OIT- han señalado que cuando exista sindicato, los pactos colectivos no deberían existir pues se debe fomentar la negociación colectiva con las organizaciones de los trabajadores. En el año 2006 una comisión de Alto Nivel de la OIT encontró que los miembros de las organizaciones sindicales son incitados a renunciar para adherirse a pactos, por lo que un sindicato nunca alcanzaría en la práctica más del tercio de trabajadores.
Imagen tomada de: 
https://1.bp.blogspot.com/-IuDRoORsP6c/VvB7KoBWWWI/AAAAAAAAABw/vVfSoXQjs4EKHJPUZ0FhOcZxkNR0wvSBA/s1600/Negociaci%25C3%25B3n%2Bdel%2BConvenio%2BColectivo.jpg
A lo largo del Blog, hemos podido evidenciar que los pactos colectivos en la realidad colombiana vienen siendo usados por el gremio patronal para vulnerar los derechos de asociación sindical y negociación colectiva de los trabajadores. Está demostrado que los pactos colectivos no se “negocian” como lo exige la ley, sino que son de carácter obligatorio por el empleador para impedir la creación de una organización sindical y una convención colectiva de trabajo. Esta herramienta, ha sido utilizada de forma érronea por parte de algunos sectores empresariales colombianos, con el fín de hacer desaparecer las organizaciones sindicales por medio de beneficios a los trabajadores no sindicalizados, por tal razón aquellos que son sindicalizados, se ven en la obligación de renunciar a la organización sindical.

Según un estudio de la Escuela Nacional Sindical: Durante el año 2012 se negociaron 521 convenios colectivos306 convenciones que representan el 58,73% y 215 pactos colectivos que ascienden al 41,26% de los convenios firmados. Sin embargo, en 58 empresas se negociaron de manera simultánea pactos colectivos y convenciones, lo que se concretó en la firma de 116 acuerdos colectivos, que representan el 26,97% del global anual. Es decir, en el 26,97% de los casos los pactos colectivos fueron empleados como respuesta ante el pliego de peticiones presentado por la organización sindical, o como estrategia de contención. Entre tanto, en 157casos (73,02%) lo pactos fueron empleados como estrategia preventiva; por tal razón es innegable la evolución y el uso creciente de los pactos colectivos por parte de los empleadores como estrategia de contención de los sindicatos.
Imagen tomada de: 
http://www.renovacionmagisterial.org/portada/sites/default/files/styles/large/public/imagenes/2012/10/27/ens.jpg?itok=l77vwRm7
La siguiente tabla muestra de manera ilustrativa la anterior afirmación:
Es importante detenernos a análizar un dato presentado por el Ministerio del Trabajo en el documento denominado Informe de actividades al congreso, 2012-2013, https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Informe%20al%20Congreso%202012-2013.pdf,donde se presenta que en el periodo comprendido entre Julio y Diciembre de 2012 se depositaron 102 pactos colectivos y sólo se denunciaron 26. Entre tanto, en el lapso de tiempo entre Enero y Junio de 2013 se depositaron 84 pactos y se denunciaron 15, en ese sentido, mientras en ese periodo de tiempo por semestre se depositaron 93 pactos en promedio, sólo se denunció un promedio de 21,6% de los mismos lo que lleva a confirmar la premisa de que los pactos no se denuncian, ni se negocian, sino que son simplemente “actualizados” por los empleadores.




No hay comentarios:

Publicar un comentario